Page 98 - Proyecto
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Las directrices del Comité de Gestión serán mandatorias para el nivel ejecutor del Proyecto. Serán
                  funciones y responsabilidades del Comité las siguientes:

                      •  Orientación estratégica del Proyecto;
                      •  Resolución de problemas y posibles conflictos en la ejecución del Proyecto;
                      •  Aprobación del plan trimestral de adquisiciones del Proyecto y programa de incentivos.
                      •  Hacer seguimiento, solicitar ajustes a las acciones del Proyecto;
                      •  Establecer y fortalecer las relaciones institucionales a nivel público y privado;
                      •  Aprobación la reprogramación de planes operativos, cronograma valorado y
                         presupuestos para ser presentados a la STCTEA
                      •  Conocimiento de informes técnicos y financieros anuales; y,
                      •  Coordinar, controlar el proyecto y velar por la coherencia y cumplimiento de sus
                         objetivos.


                  Mecanismo de funcionamiento del Comité de Gestión

                  El Comité de Gestión se reunirá en forma trimestral, para orientar estratégicamente la ejecución

                  del  Proyecto  y  sus  componentes,  así  como  para  aprobar  planes  operativos,  presupuestos  e
                  informes técnicos y financieros anuales. Estas reuniones podrán ser virtuales y presenciales. De

                  ser necesario se reunirán de forma extraordinaria cuando se lo requiera.

                  Para contar con quorum será necesario la asistencia presencial o virtual de tres de cinco miembros

                  que lo conforman.  La sede será la ciudad del Puyo, sede de la CTEA; también podrá reunirse en
                  la sede de los seis GAD Provinciales, y/o en otras instalaciones definidas por la Secretaría Técnica

                  que la ejercerá el IICA.

                  Las resoluciones del Comité se tomarán por consenso. Cuando el Comité no se ponga de acuerdo

                  en una resolución y haya disensos por cualquier causa, se llamará en un plazo máximo de 15 días
                  calendarios a una nueva reunión de Comité en la cual se tratará la resolución pendiente y de estar
                  de acuerdo se tomará la decisión respectiva. Si aún no hubiese consenso se volverá a tratar en un

                  plazo máximo de una semana el tema no resuelto y en esta ocasión se resolverá con votación
                  siendo la que autorice o niegue una resolución de la mitad más uno de los miembros asistentes.


                  Se levantará el acta de todas las reuniones, siendo el Secretario Técnico del Comité el delegado
                  designado por el IICA, quien será encargado de hacer las convocatorias. Será además el encargado

                  de llevar las actas del Comité.






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